Línea 1: ayudas Etxebide para particulares

Ayudas económicas de Gobierno Vasco (ETXEBIDE) para obras de rehabilitación

Se consideran obras particulares las que afectan a elementos privativos de la vivienda, como:

1 Obras de conservación y habitabilidad

Electricidad, saneamiento, abastecimiento, gestión de residuos, confort acústico, conversión de locales en viviendas, fachada…

2 Mejora de eficiencia energética de tu vivienda

Calefacción, refrigeración, ventilación, ACS, iluminación, autoconsumo de energía eléctrica, envolvente térmica-acústica, sustitución de carpintería exterior, cambios de ventanas y calderas…. *Para este tipo de obras prevalecerán, a menos que no se cumplan los requisitos, las ayudas Next Generation en materia de mejora de la eficiencia energética.

3 Mejora de la accesibilidad de tu vivienda

Adaptación de baños, cambios de distribución, adaptación a discapacitados/as sensoriales…

4 Adecuación a principios de buena construcción

Reformas de albañilería, escayola, carpintería interior, fontanería…Instalaciones parciales de electricidad, telefonía, calefacción, gas y pintura…

¿Qué tipo de obras se subvencionan?


  • Honorarios profesionales
  • Costes de honorarios de la administración de fincas o profesionales encargados de la gestión de las actuaciones de la rehabilitación.
  • Presupuesto de ejecución por contrata.
  • Derechos, tasas y precios públicos satisfechos por la rehabilitación
  • Coste del IVA cuando sea soportado y no se pueda repercutir.

¿Qué tipo de obras no se subvencionan?


  • Cerramiento de balcones o terrazas
  • Sustitución de balcones o terrazas
  • Obras en elementos decorativos/ ornamentales
  • Reforma de muebles, armarios, espejos, electrodomésticos o similares

¿Quién puede solicitar la subvención?

Propietarios/as de viviendas

Usufructuarios/as de viviendas

Arrendatarios/as de viviendas

Requisitos

>3000 €

El presupuesto por vivienda Salvo obras de accesibilidad

20 urte

Edad del edificio

Ingresos ponderados maximos de la unidad convivencial

39.000€ para préstamos cualif.

25.000€ para subvenciones y subsidiación de tipos de interés

Vivienda

Domicilio habitual, usufructuario, arrendatario – inquilino o que vaya a serlo en 3 meses desde la certificación de la obra.

Licencia

La obra tiene que tener licencia.

1 año

Para terminar las actuaciones a contar desde la notificación de la resolución de concesión.

Tipos de ayudas


Desgravación del IRPF

  • Para todas las unidades de convivencia. Los contribuyentes pueden aplicar una deducción (18%-23%), por inversión en la vivienda habitual, con los limites establecidos por el Departamento Hacienda de la Diputación Foral de Gipuzkoa o Bizkaia.

Ayuda directa por financiación cualificada (crédito)

  • Requisitos económicos: Ingresos mayores al 10% del presupuesto protegible
  • Ingresos: Ingresos brutos ponderados inferiores a 39.000€
  • Financiación: Tipo convenio

Una vez recibida la resolución se podrá solicitar el 100% del crédito concedido.

Ayuda directa por subvención a fondo perdido

  • Requisitos económicos: Ingresos brutos ponderados inferiores a 25.000€

A tener en cuenta:

  • Si la ayuda concedida es igual o superior a 6.000,00€, la vivienda o local no podrá ser objeto de transmisión voluntaria intervivos o mortis causa en el plazo de DIEZ AÑOS desde la certificación final de la obra sin la previa acreditación de la devolución de las ayudas percibidas, actualizadas al momento de su reintegro, junto con el interés legal correspondiente.
  • La tramitación de ayudas para la conversión de local en vivienda supondrá la calificación automática de vivienda de protección pública, con las limitaciones legales que ello conlleva.
  • Si tu vivienda está en una área de Rehabilitación Integral (ARI) o en una área Degradadas (AD), las ayudas son mayores: ARI y ADs de Debabarrena.

En Debegesa te ayudamos a solicitar esta ayuda

Coge cita previa llamando a nuestra oficina en el teléfono 943820110

Esta información es un resumen extraído del Boletín Oficial del País Vasco N.º 180, jueves 9 de septiembre de 2021. Orden de 21 de julio de 2021, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, sobre medidas financieras para actuaciones protegibles en materia de rehabilitación en viviendas y edificios, accesibilidad y eficiencia energética.