Un Certificado de Ahorro Energético (CAE) es un documento electrónico que acredita que una actuación de eficiencia energética ha generado un ahorro real de energía final.
1 CAE equivale a 1 kWh ahorrado
Este instrumento permite monetizar los ahorros energéticos, recuperando parte del coste de las inversiones en eficiencia energética y recibiendo una contraprestación si vende los ahorros obtenidos.
Son aquellas que, por sus características técnicas, pueden replicarse fácilmente. Por ejemplo: sustitución de carpinterías, rehabilitación energética de la envolvente térmica, Sustitución sistemas de combustión por calderas de biomasa, etc.
Proyectos específicos que, aunque no estén en el catálogo, generan un ahorro comprobable. Suelen darse en empresas o instalaciones más complejas.
Las actuaciones están recogidas en un catálogo oficial con fichas técnicas y cada ficha técnica define el ahorro anual de energía final, medido en kWh que se reconoce a cada tipo de actuación.
Rehabilitación de la envolvente térmica de edificios de viviendas con superficie afectada mayor del 25%.
Rehabilitación de la parte opaca de la envolvente térmica de edificios de viviendas con superficie afectada inferior o igual al 25% de la envolvente térmica final.
Sustitución de caldera de combustión por una bomba de calor tipo aire-aire, aire-agua, agua-agua o combinadas.
Renovación o sustitución de ventanas en edificios de viviendas.
Rehabilitación profunda de edificios de viviendas.
Aquellas personas físicas o jurídicas que siendo titulares, arrendatarias u ocupantes de las viviendas o edificios sobre las que se ha ejecutado la actuación, obtienen un impacto positivo de los ahorros de energía final generados.
En el caso del sector residencial, se consideran personas beneficiarias las personas promotoras de la actuación de rehabilitación energética (la comunidad de propietarios/as).
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITERD)
Ente Vasco de la Energía (EVE)
Son las empresas energéticas (comercializadoras de gas y electricidad y operadores al por mayor de productos petrolíferos y GLP).
Intermediarios acreditados por el Coordinador Nacional que se encargan de ayudar a los sujetos obligados a conseguir CAEs. Consulta aquí la lista de sujetos delegados.
Aquellas acreditadas por ENAC, revisan y certifican los ahorros.
Es la persona o entidad que ha llevado a cabo la inversión y puede ceder a un tercero la propiedad de los ahorros a cambio de una contraprestación.
En el sector residencial, las y los arquitectos como firmantes del cálculo de ahorros son figuras críticas del proceso. Asimismo, podrá haber intermediarios que trabajen para el resto de los agentes, como por ejemplo empresas instaladoras o de ingeniería.
Solo los sujetos obligados y delegados pueden solicitar la emisión de los CAEs, pero necesitan contar con el dictamen favorable de una entidad verificadora. Por tanto, existen varias vías para iniciar el proceso:
Puedes pedir a los/as arquitectos/as, como directores de las obras de mejora de la eficiencia energética, el cálculo del ahorro de energía (Certificado de Eficiencia Energética CEE antes y después de las obras).
O puedes contactar con una entidad verificadora. Consulta aquí las las entidades verificadoras de Debabarrena.
O puedes contactar con los sujetos delegados. Esta es la lista de sujetos delegados.
En todos los casos, se deberá rellenar la ficha correspondiente a la actuación que encontrarás en el catálogo de fichas del sector residencial. Una vez verificados y emitidos, los CAEs quedan inscritos en el Registro Nacional para ser vendidos, comprados y liquidados contra una obligación de ahorro.
El valor de un CAE depende del mercado. Según los datos del Ministerio, el precio medio que reciben las y los propietarios de los ahorros está entre 115 y 140 €/MWh (fuente: MITECO. Datos actualizados a 31/08/2025).