Con objeto de dar cumplimiento a la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, DEBEGESA ha desarrollado el presente PORTAL DE LA TRANSPARENCIA.
DEBEGESA constituye una sociedad anónima que se rige, fundamentalmente, por lo dispuesto en sus estatutos, inscritos en el Registro Mercantil, y en la Ley de Sociedades de Capital aprobada por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio.
En materia de contratación, a DEBEGESA le resulta de aplicación la Ley de Contratos del Sector Público, aprobada por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, de conformidad con lo dispuesto en su artículo 3.1.d.
En materia de adjudicación de contratos, en la medida que DEBEGESA constituye un poder adjudicador que no reúne el carácter de Administración Pública, le resulta de aplicación el Capítulo II del Título I, del Libro III, de la citada Ley de Contratos del Sector Público, y las Instrucciones Internas de Contratación publicadas en su Perfil de Contratante.
SDe conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley de Contratos del Sector Público, los contratos que suscribe DEBEGESA, salvo los otorgados con Administraciones Públicas, ostentan la condición de contratos privados que se rigen en cuanto a sus efectos y extinción por el Derecho Privado.